Todo lo que necesitas saber sobre la pensión de un fallecido en el IPS: ¿qué pasa con ella?

¡Bienvenidos a Fonasa Chile! En esta ocasión hablaremos sobre un tema importante para muchas personas: ¿Qué pasa con la pensión de un fallecido IPS? Acompáñanos en este artículo donde te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre cómo proceder en caso de fallecimiento de un ser querido y qué hacer para obtener la pensión correspondiente. ¡No te lo pierdas! IPS, pensión, fallecimiento, procedimiento, obtener la pensión

¿Cómo se tramita la pensión de un fallecido del IPS y cuáles son los requisitos esenciales en Chile?

Trámite de pensión para fallecidos del IPS en Chile

En caso de fallecimiento de un beneficiario del IPS, sus familiares o herederos legales pueden solicitar la pensión correspondiente.

Requisitos esenciales para tramitar la pensión del IPS

Entre los requisitos esenciales se encuentran presentar el certificado de defunción del titular y una copia de su cédula de identidad vigente al momento del fallecimiento. Además, se deben presentar los documentos que acrediten la calidad de beneficiarios o herederos legales del titular fallecido.

Documentación adicional necesaria para tramitar la pensión del IPS

También se debe presentar una declaración jurada simple respecto a la inexistencia de algún otro beneficiario con derecho a pensión y, en caso de existir más de un heredero, se deberá presentar una declaración jurada de asignación de derechos. Asimismo, es necesario presentar los antecedentes bancarios de los beneficiarios o herederos legales, para proceder al pago de la pensión correspondiente.

Recuerda que el proceso de tramitación de la pensión puede variar según cada caso particular, por lo que es importante consultar con el IPS para obtener información detallada y actualizada.

Preguntas Relacionadas

¿Qué sucede con la pensión de un fallecido que era beneficiario del IPS y tenía afiliación al Fonasa?

En el caso de un fallecimiento de una persona que era beneficiaria del IPS y tenía afiliación al Fonasa, su pensión puede ser heredada por sus beneficiarios legales. El IPS es responsable de realizar el pago de las pensiones correspondientes a los beneficiarios legales del fallecido.

Es importante tener en cuenta que el proceso de herencia de la pensión puede variar dependiendo de la situación particular de cada caso. En general, los beneficiarios legales son el cónyuge sobreviviente, los hijos menores de edad o con discapacidad, y los padres si el fallecido no tiene cónyuge ni hijos.

Para recibir la pensión, los beneficiarios deben presentar ciertos documentos como certificado de defunción, certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de los hijos, entre otros. Además, deben realizar un trámite ante el IPS para solicitar la pensión correspondiente.

En conclusión, la pensión de un fallecido que era beneficiario del IPS y tenía afiliación al Fonasa puede ser heredada por sus beneficiarios legales, quienes deben realizar un trámite ante el IPS para recibir la pensión correspondiente.

¿Puede un familiar o heredero del fallecido solicitar el pago de la pensión del IPS a través del Fonasa?

No, un familiar o heredero del fallecido no puede solicitar el pago de la pensión del IPS a través del Fonasa. La pensión del IPS (Instituto de Previsión Social) es un beneficio que se otorga al afiliado activo o pensionado por su propia cuenta, por lo que al fallecer, este beneficio se extingue. En caso de que el afiliado fallezca, sus beneficiarios podrán acceder a otros tipos de prestaciones como el seguro de cesantía, indemnización por años de servicio, entre otros, pero no a la pensión del IPS.

¿Cuáles son los trámites que se deben realizar para obtener la pensión correspondiente en caso de fallecimiento de un afiliado al IPS y Fonasa?

En caso de fallecimiento de un afiliado al IPS y Fonasa, se deben realizar los siguientes trámites para obtener la pensión correspondiente:

1. Obtener el certificado de defunción: Este documento es fundamental para iniciar cualquier trámite relacionado con el fallecimiento del afiliado.

2. Acudir al Instituto de Previsión Social (IPS): Es necesario presentarse en una sucursal del IPS para informar sobre el fallecimiento del afiliado y solicitar la pensión correspondiente.

3. Presentar la documentación requerida: El IPS solicitará una serie de documentos para iniciar el proceso de pensión, entre ellos: certificado de defunción, cédula de identidad del afiliado y de los beneficiarios, certificado de matrimonio o convivencia civil, entre otros.

4. Esperar la resolución: Una vez presentada toda la documentación, el IPS evaluará el caso y emitirá una resolución en un plazo máximo de 60 días hábiles.

5. Recibir la pensión: En caso de ser aprobada la solicitud de pensión, ésta será pagada a los beneficiarios del afiliado fallecido en forma mensual, hasta que cumplan los requisitos para acceder a una pensión propia.

Es importante destacar que estos trámites pueden variar en función de cada caso particular y de la situación de los beneficiarios del afiliado fallecido. Por lo tanto, siempre es recomendable acudir a una sucursal del IPS para recibir información detallada sobre los procedimientos a seguir.

En conclusión, la pensión de un fallecido IPS es un tema complejo que requiere de una serie de trámites y requisitos que deben ser cumplidos por los familiares del titular de la pensión. Es importante recordar que el proceso de tramitación debe ser realizado de manera oportuna para evitar demoras en el pago de la pensión y posibles sanciones por parte de la institución. Si tienes dudas sobre este tema, te recomendamos acudir a las oficinas del IPS o contratar un asesor previsional que te oriente en todo el proceso. ¡No esperes más y asegura el futuro financiero de tu familia!

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